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  • Cooperativa Cooprometa - Valores

    Valores y Principios

    VALORES BÁSICOS Autoayuda o esfuerzo propio: El asociado no puede ser el sujeto pasivo de la acción benéfica de otros, sino el participe activo para el mejoramiento de su propio destino. Responsabilidad propia: Significa asumir las propias responsabilidades en la conducción de las cooperativas y no delegarlas a personas ó personas ajenas. Democracia: Dirección y administración de la cooperativa en manos de sus asociados con base en la igualdad. Igualdad: Como manifestación de la dignidad de la persona humana por encima de otras consideraciones. Equidad: Característica particular de la justicia que está más allá de formalismos simplistas. Solidaridad: Característica sobresaliente del sistema cooperativo que se manifiesta cuando los esfuerzos individuales hacia el objetivo común se entrelazan estrechamente para configurar un esfuerzo colectivo que supone la participación de todos.


    VALORES ÉTICOS Honestidad y transparencia: Conceptos que vinculan convicciones y actividades relacionadas con honradez, decencia, franqueza, aplicadas a la empresa cooperativas en las finanzas, los precios, las pesas y medidas, la verdad en los informes y estados financieros. Responsabilidad y vocación social: Valores que hacen referencia a la presencia activa de las cooperativas y sus asociados en las comunidades donde actúa con el fin de contribuir a su mejoramiento integral o desarrollo humano sostenible.


    PRINCIPIOS COOPERATIVOS Primer principio Adhesión voluntaria y abierta Aspectos básicos de este principio: Distinción entre adhesión libre o "puerta abierta" y adhesión voluntaria. Adhesión libre: Implica obligación para la cooperativa de permitir el ingreso de la persona que lo desee. Adhesión voluntaria: Significa prohibición general de forzar a las personas para que se afilien a la cooperativa. Capacidad para utilizar servicios y disposición para aceptar responsabilidades; explica las limitaciones razonables al principio por causas económicas o técnicas, actividades específicas etc. Ausencia de discriminación en: lo social (clases sociales); lo político (partidos, ideologías); lo religioso (confesiones, ateísmo); lo racional (etnias) y lo de género (sexos). Importancia del criterio de identidad asociado-usuario: "... la cooperativa debe comprometerse de manera muy especial con los servicios a sus asociados que es la razón principal de su existencia". Segundo Principio Gestión democrática por parte de los asociados Aspectos básicos de este principio: Estrecha relación entre derechos y responsabilidades. La democracia cooperativa: "tarea sin fin, difícil, valiosa e incluso esencial". Participación activa de los asociados en la determinación de políticas y en la toma de las principales decisiones en asambleas generales, consejos de administración, comités y aún en actividades empresariales específicas. Responsabilidad de los asociados elegidos para los organismos de dirección y control frente al conjunto de los demás asociados. Formas concretas del ejercicio democrático: Muy precisas en las cooperativas de primer grado: "una persona, un voto en la asamblea". En organismos cooperativos de grado superior seguir las siguientes orientaciones: Número de asociados de las cooperativas afiliadas; Grado de compromiso entre las cooperativas asociadas; Limitación del voto calificado para evitar que las grandes cooperativas dejen a las pequeñas sin verdaderas opciones de participar y decidir; Tercer Principio Participación Económica de los Asociados Aspectos básicos de este principio: Una idea predominante enmarca la expresión y el contenido de este principio, la Equidad, como valor básico del cooperativismo, que se expresa: En la formación e incremento del patrimonio, por parte de los asociados, de manera equitativa y no igualitaria: los aportes deben guardar alguna relación con el uso de los servicios; En la administración del patrimonio y de la aplicación de excedentes. Que está en manos de los asociados de manera democrática; En la constitución e incremento de un patrimonio colectivo que asegure la solidez de una cooperativa y garantice su desarrollo futuro; En los modos concretos de aplicar los excedentes: Para fortalecimiento del patrimonio, Para incremento y mejoramiento de los servicios, Para distribuirlos en proporción a las operaciones realizadas con la cooperativa por los asociados. Retorno en cooperativas de consumo. Complemento de lo recibido de menos en las cooperativas de comercialización y en las de trabajo asociado. Para apoyar el desarrollo del movimiento cooperativo en sus diversos niveles, o de las comunidades en las cuales actúan las cooperativas. Cuarto Principio Autonomía e independencia Aspectos básicos de este principio: Las cooperativas no pueden prescindir de establecer relaciones con el Estado y, de modo particular, de aceptar cierto grado de control y vigilancia por parte del gobierno sobre sus actividades. En general, es razonable que pongan empeño en mantener relaciones claras y abiertas con los entes públicos siempre y cuando estos reconozcan su autonomía de manera semejante a como se reconoce la de las demás empresas del denominado sector privado. Es también natural que las cooperativas establezcan relaciones con otras entidades privadas como asociaciones y fundaciones e igualmente con empresas económicas de diversa naturaleza, especialmente las mercantiles basadas en el ánimo de lucro de sus propietarios y que, en consecuencia, puedan celebrar con ellas acuerdos relacionados con sus actividades. En todas estas relaciones es imprescindible que las cooperativas mantengan su libertad, garantía de la conservación de su especialidad y de su derecho a controlar su propio destino. Quinto Principio Educación, Capacitación e Información Aspectos básicos de este principio: Es necesario hacer resaltar en primer término, que el llamado principio de la educación ha sido considerado como la condición indispensable para conocer y poner en práctica los demás principios. De acuerdo con la declaración de la ACI, debe abarcar los siguientes campos: En cuanto al campo de la educación y capacitación, la responsabilidad de la cooperativa incluye los siguientes aspectos: El de la Educación entendida como acción Formadora, es decir, que produzca efectos profundos en la mente y en la voluntad de los seres humanos con el fin de propiciar una conducta orientada por los valores y principios de la cooperación, con fundamentos en adecuados conocimientos y experiencias. El de la Capacitación-entrenamiento o adiestramiento que hace referencia a las muy variadas habilidades o destrezas que deben desarrollar los directivos, administradores, empleados y asociados, de acuerdo con sus responsabilidades específicas, para asegurar la eficacia y eficiencia de la empresa cooperativa. Educación y capacitación son los elementos indispensables para que quienes estén en capacidad de entender sus requerimientos, evaluar su desarrollo y sugerir métodos que permitan mejorar los servicios o establecer otros nuevos. En cuanto al campo de la información, la responsabilidad de la cooperativa incluye los siguientes aspectos: Debe dirigirse de modo preferencial a los jóvenes y a los líderes de la opinión (políticos, servidores públicos, representantes de los medios de comunicación y educadores). Se le señala como objetivo hacer conocer "La naturaleza y beneficios de la cooperación, vale decir su historia, sus valores, principios así como también sus realizaciones prácticas en el país y en el mundo". Sexto Principio Cooperación entre cooperativas Aspectos básicos de este principio: La cooperación entre cooperativas surge de la propia naturaleza de estas organizaciones. Su origen histórico se presenta poco después de la aparición de las primeras cooperativas por exigencia de carácter económico y también de promoción y representación. En la época actual ésta cooperación entre cooperativas se hace imprescindible. La cooperación entre cooperativas puede llevarse a cabo de muchas maneras: Por medio de la integración federativa en uniones, asociaciones, ligas, federaciones, central confederaciones. Mediante incorporaciones y fusiones. A través de acuerdos y alianzas estratégicas de una gran variedad. De la misma manera, esta cooperación puede existir a diversos niveles: nacionales, regionales e internacionales. En la realidad contemporánea las cooperativas deben considerar, con más frecuencia que antes, la posibilidad de actividades en conjunto a nivel internacional. "...es importante de manera crucial que los diferentes tipos de cooperativas se unan para dirigirse al gobierno o le hagan promoción ante el público a la vía Cooperativa". Séptimo Principio: Interés por la comunidad Aspectos básicos de este principio: La existencia de las cooperativas se justifica en primer lugar con el fin de dar satisfacción a las necesidades comunes económicas, sociales y culturales de sus asociados. Si embargo, la existencia de las cooperativas en un ámbito geográfico determinado, las hace pertenecer a las comunidades correspondientes. Lo anterior crea para ellas responsabilidades concretas en aspectos económicos, sociales y culturales, que los asociados no pueden dejar de aceptar. La respuesta a estas responsabilidades deberán darla los propios asociados por medio de políticas y decisiones aprobadas por ellos y en la medida de sus posibilidades.